¿Cuándo pagan el aguinaldo 2021?

  • De acuerdo al Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los empleados que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón, tienen derecho a recibir el equivalente a 15 días de salario.

En diciembre, las y los trabajadores recibirán su aguinaldo. Pero, ¿qué es el aguinaldo? De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón, tienen derecho a recibir el equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

¿Qué pasa si no he cumplido el año de servicio en mi trabajo? Si aún no llevas un año en tu trabajo, no te preocupes porque también recibirás aguinaldo ya que tendrás derecho a que se te pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado, “cualquiera que fuese éste”.

Ahora sí, ¿cuándo se deposita el aguinaldo? Te deben depositar o entregar tu aguinaldo antes del 20 de diciembre. ¿Pero qué pasa si no recibo mi aguinaldo antes del 20 de diciembre? Si no recibes tu aguinaldo en la fecha antes mencionada puedes demandar, cuentas con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje Federal o Locales y/o Tribunales Laborales Federal o Locales, o los Centros de Conciliación y Registro Laboral Federal o Locales, según sea el caso.

¿Cómo calculo mi aguinaldo?

Si tienes dudas sobre cómo calcular tu aguinaldo recuerda que debe ser, por lo menos, el equivalente a 15 días de salario base diario o lo que ordinariamente se percibe por día laborado; es decir, tu salario diario multiplicado por 15.

Además, ten presente que el aguinaldo es recibido por los trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por obra, tiempo determinado, por temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicia, así como eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.

Algo que debes saber es que no puedes renunciar al pago del aguinaldo, ya que es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores, independientemente de las demás prestaciones.

¿Mi aguinaldo genera impuestos?

Sí, siempre y cuando el monto recibido sea superior a $2,606.40, lo que es 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

¿Dónde puedo acudir si no recibo mi aguinaldo?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puede ofrecerte orientación, asesoría, mediación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.

Las oficinas de la Profedet se ubican en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. Con un horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas.

También puedes comunicarte a los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 55 5998 2000 extensiones 44740 y 44741, al WhatsApp 55 1484 8737 o si lo prefieres, puedes enviar tus dudas al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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