¿El SAT vigila el pago de la tanda? Aclaran si controla depósitos en efectivo

  • El Servicio de Administración Tributaria informó en qué condiciones se revisan los movimientos de cuentas bancarias.

El miedo a que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigile los depósitos y movimientos bancarios ha generado gran polémica. La tanda, el pago de los zapatos, el tóper o los perfumes por catálogo empezó a verse comprometido e incluso regresó a la modalidad “solo efectivo”.

Pero ahora ante el miedo a que el SAT cobre impuestos por este tipo de depósitos y transferencias, el organismo aclaró que no vigila los movimientos bancarios de los contribuyentes.

“Es falso que el SAT cobre impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias. Es pertinente aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos en padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogos (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales entre otros) tandas o prestamos personas no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuestos”, precisó en un comunicado.

Tras un respiro de alivio de todos aquellos que realizan tandas o ventas por catálogo, el SAT detalló que “solamente las instituciones financieras podrán entregar información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoria, fiscalización o revisión por parte del SAT”.

“Solo en aquellas auditorias que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información para evitar defraudaciones discales”, agregó.

También precisó que realiza 10 mil auditorias al año aproximadamente; “se revisa la información declarada por los contribuyentes respecto a los depósitos bancarios recibidos y se coteja con los datos que brinda las instituciones financieras mensualmente para una fiscalización más exacta”.

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