Ordenan a eólica desocupar y regresar terrenos en Oaxaca

  • El Tribunal Unitario Agrario declaró por segunda ocasión la nulidad definitiva de contratos de arrendamiento de tierras comunales.

A casi una década de lucha de los comuneros zapotecas de Unión Hidalgo, ante el despojo de sus territorios para la edificación del parque eólico Piedra Larga, el Tribunal Unitario Agrario (TUA) declaró por segunda ocasión la nulidad definitiva de contratos de arrendamiento de tierras comunales.

Juan Antonio López Cruz, coordinador de Justicia Transnacional del Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Prodesc), precisó que el órgano jurisdiccional ordenó a la empresa Desarrollos Eólicos Mexicanos (Demex) desocupar y regresar parte de la superficie que utilizó para la construcción de un parque eólico en Unión Hidalgo, en el Istmo de Tehuantepec.

MOTIVOS

El asesor jurídico expuso que el TUA con su resolución reconoció el carácter comunal y agrario de las tierras donde Demex —filial de la compañía española Renovalia Energy— edificó su complejo de generación de energía, en tierras supuestamente rentadas como propiedad privada .

Esta nueva victoria de los comuneros reivindica sus derechos agrarios y como pueblo indígena zapoteca”, dijo.

Por lo anterior, explicó, la empresa Demex, con la sentencia de nulidad de contratos de arrendamiento, está obligada a retirar parte de las instalaciones del parque eólico Piedra Larga de las tierras comunales de Unión Hidalgo.

El TUA del Distrito 22, con sede en San Juan Bautista Tuxtepec, ordenó al Registro Público de la Propiedad y a las notarías públicas cancelar cualquier inscripción de los contratos nulificados en sus libros de protocolo.

Detalló que la sentencia se dio después de nueve años de lucha de Unión Hidalgo y ProDESC en defensa del territorio ante los despojos concretados por Demex en 2006 y 2011.

DEFENSA

El especialista en litigio estratégico refirió que la resolución demuestra cómo se puede avanzar en la defensa del territorio de las comunidades agrarias ante “el despojo de grandes empresas transnacionales, coludidas con funcionarios públicos”.

La determinación marca un precedente porque cualquier comunero del país podrá reclamar la nulidad de los contratos ‘leoninos’ en caso de haber sido autorizados de manera individual y no mediante acuerdo de una Asamblea General de comuneros.

Esta sentencia no sólo beneficia a los comuneros de Unión Hidalgo o del Istmo de Tehuantepec, tiene repercusiones en todo el país”, concluyó el especilista jurídico.

 

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