Propuesta para prohibir a patrones exigir pruebas clínicas de detección del Sida

  • También se impide que coaccionen a trabajadores a que renuncien por esa causa, pecisa Soto Ruiz

La senadora Alejandra Lagunes Soto Ruíz presentó una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar las fracciones XVII y XVII BIS al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, con el fin de prohibir a los patrones o a sus representantes que exijan, soliciten o coaccionen a cualquier persona a que se realice estudios o pruebas de laboratorio clínico de detección del

Sida como requisito para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.

En su propuesta, la legisladora del PVEM señaló que también se impide a los empleadores que coaccionen directa o indirectamente a cualquier persona a que renuncie por ser portadora, familiar, cónyuge o concubina con ese virus.

La estigmatización relacionada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida), apuntó,  tiene costos económicos, sociales y de salud para las personas que viven con estas condiciones, sus familias y sus comunidades.

Con su iniciativa, dijo, busca establecer que el reconocimiento pleno de derechos de los y las trabajadoras no debe de ser menoscabado por condición de salud, estigma o actos discriminatorios basados o relacionados con su condición de portadores del virus. Esta condición médica crónica no impide a nadie desempeñar sus actividades laborales ni representa un riesgo para las personas a su alrededor, acotó.

Hacerlo, apuntó, resulta violatorio de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política y en los tratados internacionales a los que México está adscrito. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las pruebas de VIH no podrán utilizarse como vehículo para privar del derecho a las personas al trabajo, definiéndolas como violatorias de los derechos laborales, constitucionales y humanos, recordó.

Más aún, insistió, la OMS ha manifestado que las pruebas de detección no deben de ser voluntarias y las personas tienen el derecho a declinar sobre la realización obligatoria o bajo coacción de esas pruebas, porque son contrarias a la buena práctica de salud pública y constituyen una violación de los derechos humanos.

Hizo hincapié en que el Estado mexicano tiene el compromiso de asegurar el acceso y progresividad de los derechos humanos sin estigma y discriminación para todas las personas, sin importar la condición médica, orientación sexual o identidad de género.

La propuesta fue turnada de manera directa, para estudio y dictamen, a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores.

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *